El "Testamento y codicilo" de Pedro Calderón de la Barca, redactado el 20 de mayo de 1681, es un documento notable que revela la claridad de pensamiento del célebre dramaturgo y poeta del Siglo de Oro español, su profunda fe y su meticulosa atención al destino de sus pertenencias personales. Este testamento es un reflejo de la personalidad de Calderón y su comprensión del mundo en el que vivió. El testamento comienza con una invocación a la Santísima Trinidad y a la Virgen María, subrayando la devoción religiosa de Calderón. Esta introducción es una clara manifestación de su profunda fe católica, elemento central en su vida y obra. Calderón expresa su creencia en los principales misterios de la fe cristiana y en las enseñanzas de la Iglesia católica, demostrando su compromiso con su religión. Este documento también muestra a Calderón como un hombre consciente de su mortalidad y preocupado por el destino de su alma. Este reconocimiento de la muerte como una realidad inminente y su deseo de estar preparado para ella refleja una profunda conciencia espiritual y una actitud reflexiva ante la vida. Además, el testamento detalla la distribución de sus bienes, demostrando una frialdad y precisión notables. Calderón designa meticulosamente a quién y cómo deben ser distribuidas sus posesiones, lo que indica su deseo de dejar sus asuntos terrenales en orden. Esta atención al detalle en la disposición de sus bienes es un indicativo de su carácter práctico y organizado. El "Testamento y codicilo" de Pedro Calderón de la Barca ofrece una visión íntima de su personalidad y sus creencias. Revela un hombre profundamente religioso, consciente de su propia mortalidad y meticuloso en sus asuntos personales. Este testamento es un registro de su legado material y un testimonio de su legado espiritual y moral, que complementa nuestra comprensión de una de las figuras literarias más importantes de España.
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Pedro Calderón de la Barca (Madrid, 1600-Madrid, 1681). España. Su padre era noble y escribano en el consejo de hacienda del rey. Se educó en el colegio imperial de los jesuitas y más tarde entró en las universidades de Alcalá y Salamanca, aunque no se sabe si llegó a graduarse. Tuvo una juventud turbulenta. Incluso se le acusa de la muerte de algunos de sus enemigos. En 1621 se negó a ser sacerdote, y poco después, en 1623, empezó a escribir y estrenar obras de teatro. Escribió más de ciento veinte, otra docena larga en colaboración y alrededor de setenta autos sacramentales. Sus primeros estrenos fueron en corrales. Entre 1635 y 1637, Calderón de la Barca fue nombrado caballero de la Orden de Santiago. Por entonces publicó veinticuatro comedias en dos volúmenes y La vida es sueño (1636), su obra más célebre. En la década siguiente vivió en Cataluña y, entre 1640 y 1642, combatió con las tropas castellanas. Sin embargo, su salud se quebrantó y abandonó la vida militar. Entre 1647 y 1649 la muerte de la reina y después la del príncipe heredero provocaron el cierre de los teatros, por lo que Calderón tuvo que limitarse a escribir autos sacramentales. Calderón murió mientras trabajaba en una comedia dedicada a la reina María Luisa, mujer de Carlos II el Hechizado. Su hermanó José, hombre pendenciero, fue uno de sus editores más fieles.
CRÉDITOS, 4,
PRESENTACIÓN, 7,
TESTAMENTO DE DON PEDRO CALDERÓN DE LA BARCA, 9,
CODICILO DE DON PEDRO CALDERÓN DE LA BARCA, 23,
LIBROS A LA CARTA, 27,
TESTAMENTO DE DON PEDRO CALDERÓN DE LA BARCA
Madrid, 20 mayo 1681
En el nombre de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios todopoderoso, y de la Inmaculada en su primero instante purísima María, por quien merecimos al Unigénito hijo del eterno Padre, Verbo encarnado en sus siempre vírgenes entrañas habitar entre nosotros, verdadero Dios y verdadero hombre, para ser por nosotros y para nosotros sacrificado en el ara de la cruz, y sacramentado en el ara del altar; en cuyos tres principales misterios de nuestra santa fe, y en cuantos confiesa, cree y enseña la apostólica Iglesia católica Romana, primero y ante todas cosas protesto que bien y firme y verdaderamente creo como verdad infalible, que ni puede engañarse ni engañarnos, y bien y firme y verdaderamente espero como en poder infinito, y bien y verdaderamente amo como a bien sumo; y en el nombre del Ángel Custodio de mi guarda, gloriosos Arcángeles San Miguel y San Gabriel, bienaventurados Apóstoles San Pedro y San Pablo y señor Santiago, Patrón de las Españas, con todos los coros de los Ángeles, Santos y Santas de la corte celestial.
Sepan cuantos esta carta de testamento vieren como yo don Pedro Calderón de la Barca, caballero de la orden de Santiago, capellán de honor de Su Majestad y de los señores Reyes Nuevos de la santa Iglesia de Toledo, habiendo entrado en temerosa consideración de que no sea justo juicio de Dios en merecido castigo de mis culpas, y poco aprovechamiento de su espera arrebatarme con improvisa muerte, sin tiempo para hacer voluntaria resignación de mi alma y mi vida en sus piadosas manos, o ya que esto no sea sino inmensa misericordia suya llamarme con mortales avisos de desafuciado achaque; temeroso no menos de que aun en este caso (último don de su clemencia) la gravedad del accidente no me perturbe el uso de potencias y sentidos, ni otro temporal afecto de retardada disposición para aquel trance me divierta a nada que no sea pedirle perdón de mis pecados; hallándome sin más cercano peligro de la vida que la misma vida, y en mi cabal y entero juicio, cual fue servido repartirme el poder que me crió, la sabiduría que me redimió, y el amor que me llamó a su verdadero conocimiento, en hacimiento de gracias de tantos no merecidos beneficios y a efecto de adelantar en honra y gloria suya a lo cierto del morir lo incierto de la hora, conformándome, como si fuera ésta la última de mi vida, con su divina voluntad, dispongo la mía en esta manera.
Primeramente pido y suplico a la persona o personas que piadosas me asistan que luego que mi alma, separada de mi cuerpo, le desampare dejándole a la tierra, bien como restituida prenda suya, sea interiormente vestido del hábito de mi seráfico padre San Francisco, ceñido con su querda, y con la correa de mi también padre San Agustín, y habiéndole puesto al pecho el escapulario de Nuestra Señora del Carmen, y sobre ambos sayales, sacerdotales vestiduras, reclinado en la tierra sobre el manto capitular de señor Santiago, es mi voluntad que en esta forma sea entregado al señor capellán mayor y capellanes que son o fueren de la venerable Congregación de sacerdotes naturales de Madrid sita en la parroquial de señor San Pedro, para que usando conmigo, en observancia de sus piadosos institutos, la caridad que con otro cualquiera pobre sacerdote, me reciban en su caja (y no en otra) para que en ella sea llevado a la parroquial Iglesia de San Salvador de esta villa; y suplico así al señor capellán mayor y capellanes como a los señores albaceas que adelante irán nombrados, dispongan mi entierro, llevándome descubierto, por si mereciese satisfacer en parte las públicas vanidades de mi mal gastada vida con públicos desengaños de mi muerte; y asimismo les suplico que para mi entierro no conviden más acompañamiento que doce religiosos de San Francisco, y a su Tercera Orden de hábito descubierto, doce sacerdotes que acompañen la cruz, doce niños de la Doctrina y doce de los Desamparados. En esta conformidad llegado que sea mi entierro a dicha parroquia (cuyo templo estará con los lutos y luces que sin fausto basten a lo decente) vuelvo a suplicar al señor capellán mayor y capellanes me diga la Congregación la vigilia sin más música que su coro, y si fuese hora la misa de cuerpo presente, y si no, el siguiente día, y en él es mi voluntad que se entreguen a su tesorero 100 ducados; los cincuenta para que se digan de misas en la capilla de nuestro padre San Pedro en satisfacción de las que fueren de mi cargo, y los cincuenta, para que se repartan entre los presentes por vía de propina, con que dicho el último responso será mi sepultura la bóveda de la capilla que con el antiguo nombre de San Joseph está a los pies de la iglesia, donde hoy se venera colocada la santa imagen de la Sentencia de Cristo Señor Nuestro: aquí pues habrá prevenida otra caja sin más adorno que cubierta de bayeta, en que, sepultado mi cadáver en compañía de mis abuelos, padres y hermanos, espere la voz de su segundo llamamiento, con que habiéndose dado a los religiosos y a la Orden Tercera, a los sacerdotes, niños de la Doctrina y Desamparados la acostumbrada limosna, y a la parroquia la ofrenda que a los señores mis albaceas, proporcionada con mis caudales, más lícita parezca, es mi voluntad que se dé a su colecturía la limosna de nueve misas cantadas con diácono y subdiácono, vigilia y responso en los nueve consecutivos días de mi entierro, las cuales se han de decir en el altar de la bóveda por los difuntos que en ella yacen.
Ítem es mi voluntad que al padre comisario que es o fuere de los Santos Lugares de Jerusalén se le den por una vez 100 ducados, y le suplico que encomiende por mí una misa en la estación más cercana al lugar de la Santa Cruz.
Ítem es mi voluntad que a las mandas forzosas se les den 20 reales a todas por una vez, con que las aparto del derecho que tienen a mis bienes.
Ítem es mi voluntad que por mi alma, las de mis abuelos, padres, hermanos y bienhechores y por las de los señores Reyes Nuevos de la Santa Iglesia de Toledo y de todos aquellos a quien por alguna causa, que no ocurre a mi memoria, fuere deudor, se digan dos mil misas, y habiendo dado a la parroquia la parte que de ellas toca, es mi voluntad que los señores mis albaceas repartan las restantes por las demás parroquias en sacerdotes pobres a razón de tres reales.
Ítem declaro que por escritura que otorgué en esta villa en 17 de agosto del año de 1661 ante Juan de Burgos, escribano del numero de esta villa, fundé una memoria y capellanía de misas, y para su cumplimiento apliqué trece mil y novecientos reales de principal de tres censos y su renta que tenía sobre unas casas en esta villa en la...
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